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Salta

Un policía salteño, su hermano y su pareja fueron condenados a prisión por tráfico de cocaína en valijas

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a penas de 6 y 7 años de prisión a un policía provincial, su hermano y su pareja como autores del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en el marco de una causa en la que en el año pasado fueron descubiertos cuando con pasajes, pero sin subir al micro, despacharon tres valijas con 30 kilos de cocaína para trasladar la droga desde la ciudad de Salta a la de Tucumán.

La sentencia se dio a conocer el 27 de agosto pasado y en representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron el titular del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, el fiscal federal Ricardo Toranzos, asistido por el auxiliar fiscal Ignacio Irigoyen y la prosecretaria Ana Gómez Rincón.

Las juezas Gabriela Elisa Catalano (presidenta) y María Alejandra Cataldi y el juez Domingo José Batule fijaron una pena de 7 años de cárcel para los hermanos Eduardo y Alfredo Vilte, y de 6 años para la pareja del primero, Viviana Raquel Busto. El tribunal también ordenó el decomiso de un vehículo utilizado para la comisión del delito.

El condenado Eduardo Vilte, al momento del hecho, tramitaba su retiro como miembro de la Policía de la Provincia de Salta.

El caso

El hecho pudo ser descubierto el 7 de abril de 2023, cuando los choferes de un colectivo de larga distancia que cubría el trayecto entre las capitales de Salta y Tucumán se percataron del despacho de tres valijas, cuyos dueños no habían ascendido al micro.

Ante esta situación, los choferes, uno de los cuales vio a una pareja cuando hacía el despacho de las maletas en la bodega, buscaron a los pasajeros en el predio de la terminal de ómnibus, pero no pudieron hallarlos. En razón de ello, decidieron descargar de la unidad y dejarlas bajo resguardo en una dependencia de la empresa de transporte.

Ante la ausencia de reclamo, se reportó el hecho en una comisaría de la zona, lo que activó, a su vez, la intervención de Gendarmería Nacional y del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, la que asumió la investigación y descubrió el transporte de 30 kilos de cocaína en las valijas.

l juicio

Tanto en su alegato de apertura como de cierre, el fiscal explicó Toranzos contó que en la investigación se pudo identificar a los tres imputados, quienes fueron detenidos el 23 de mayo del año pasado, siendo formalizada la investigacion penal al dia siguiente, ante el juez federal de Garantias N°1, Julio Bavio.

La fiscalía enumeró las pruebas reunidas y destacó en ese sentido el trabajo de su equipo, y el de los efectivos de Gendarmería Nacional y de la Policía de la Provincia que intervinieron en la investigación, en particular en la recolección de imágenes de las cámaras de video que incriminaron a los acusados.

La maniobra del “transporte ciego”

Toranzos explicó en detalle la maniobra de tráfico empleada por los imputados y conocida como “transporte ciego”, que tiene como objetivo ocultar cualquier nexo entre el estupefaciente y el traficante.

En primero lugar contó que los acusados se trasladaron desde la localidad salteña de General Güemes, distante a unos 50 kilómetros, hasta la ciudad capital para hacer el despacho de las valijas, cuando podrían haberlo hecho en ese municipio que posee su propia terminal.

Para ello, utilizaron un vehículo Volkswagen Fox en el que cargaron las maletas con la droga y fueron descargadas por el policía Eduardo Vilte y su pareja Busto y llevadas hasta la bodega del micro y despachadas como equipaje, momento en la que le mostraron al maletero sus respectivos pasajes, aunque luego, ninguno de ellos dos subió al micro.

El que sí lo hizo fue Alfredo Vilte, quien el día anterior había viajado, también desde General Güemes, para sacar los pasajes. Su rol consistía en viajar como un pasajero mostrándose ajeno a las valijas despachadas, aunque su tarea principal era la de monitorear el equipaje con la droga e informar si la droga llegaba a ser descubierta en algún control.

Según explicó la fiscalía, en paralelo la pareja que había despachado las valijas se volvía a subir al auto VW Fox, seguían en todo su trayecto al micro y una vez arribada la unidad a Tucumán, se presentaban a reclamar las maletas.

Toranzos señaló en su alegato que el mecanismo estaba diseñado con el propósito principal de ganar impunidad y evitar ser detenidos en el control ubicado en el puesto El Naranjo, en Rosario de la Frontera, en el límite con Tucumán, el de mayor desafío para vencer para los narcotraficantes, dada la exhaustiva requisa a la que son sometidos los vehículos.

En este caso, la maniobra fue desactivada en su inicio por los choferes que se percataron de las valijas despachadas y que sus dueños no habían abordado el micro.

En el juicio, durante la etapa testimonial, quedó claro que los conductores ya habían tenido inconvenientes en los controles de ruta, en especial en el ubicado en El Naranjo, por valijas o equipaje que se transportaba sin las verificaciones correspondientes.

Las imágenes exhibidas en el debate fueron categóricas, pues algunas de ellas permitieron hasta identificar a algunos de los acusados no sólo por la vestimenta, sino también por sus rostros.

Las defensas intentaron cuestionar el mecanismo de control de las maletas tras ser retiradas de la unidad y sugirieron la posibilidad de que las mismas fueron “plantadas”. Sin embargo, ello fue descartado por los testimonios del personal de la empresa de transporte, los que no mostraron fisuras en la descripción del lugar y resguardo de las maletas hasta el momento en que Gendarmería Nacional procedió a su secuestro.

Cambio de estrategia

Al cierre de la etapa probatoria, las defensas de los hermanos Vilte apelaron a al testimonio de la madre de ambos acusados, no había sido solicitado en la audiencia de Control de Acusación, instancia en la que las partes presentan las pruebas a debatir en el juicio.

Pese a la negativa de la fiscalía a dicha testimonial, el tribunal, con un criterio amplio hacia el derecho de defensa, hizo lugar al pedido.

La madre sostuvo que las valijas por las que era juzgados sus hijos, en realidad, no eran de ellos, y que ella las había encontrado en su casa. Al ser interrogada, la mujer incurrió en contradicciones -primero dijo que las halló a los dos días de la detención de sus hijos y luego que sucedió dos meses atrás-, con lo cual quedó en evidencia que no se trató de un relato sólido.

Con este argumento, las defensas de los hermanos Vilte pretendían justificar el argumento de que sus clientes adquirían ropa en esta provincia y la revendían en Tucumán.

Todos estos aspectos fueron desmenuzados por la fiscalía en su alegato, en el que ratificaron la acusación y pidieron la declaración de responsabilidad de los acusados.

“No se puede tolerar que digan que no sabían por qué fueron detenidos y casi al finalizar el juicio, cuenten otra versión”, enfatizó el fiscal, quien rechazó de plano que los acusados sostengan “que no sabían por qué se los había acusado, llegando al extremo de decir que están hace exactamente más de un año y medio presos porque fueron a comprar un pasaje”.

Sobre la estrategia final de las defensas de los Vilte respecto al relato que dio la madre de los acusados sobre las valijas, la fiscalía lo descartó de plano, pues previo al debate tuvieron varias oportunidades y nunca trajeron a declarar a la madre.

“Pocas veces se vio que la defensa ofrezca un testigo y luego lo desacrediten. Aquí, trajeron a la madre para contar y afirmar una versión, y luego los dos defensores le preguntaron a los imputados si la madre estaba sana, si no tenía demencia senil. Hay que traer a una persona de 88 años para que cuente una versión y después decirle que está senil”, sostuvo Toranzos.

Fundamentación del tribunal

El tribunal entendió la responsabilidad de los tres acusados en el hecho imputado por la fiscalía. En su fallo, los jueces recordaron a los defensores sus deberes respecto a la buena fe procesal, en clara alusión a la “farsa” que se montó en busca de justificar una coartada salvadora.

La jueza Catalano, quien lideró el voto unánime del tribunal, sostuvo que “las defensas generaron una situación durante el debate que es la primera vez que ocurre en el sistema acusatorio».

“Trajeron unas valijas que supuestamente son las que habrían despachado Eduardo (Vilte) y Viviana (Busto) ese 07 de abril cuando iba a viajar Alfredo (Vilte) a Tucumán a vender ropa”, señaló.

La defensa de Eduardo pidió la exhibición de unas valijas que supuestamente encontró la madre de los acusados en su casa y que, según planteó, serían las que realmente despacharon los acusados. “Trajeron y exhibieron las valijas en audiencia, pero no se hizo lugar a pericia alguna por no ser la etapa procesal oportuna”, afirmó la jueza.

Para Catalano, “de las pruebas surge de manera contundente que en realidad fue simplemente un intento de deslindarse de responsabilidad y que nada tiene de verídico lo manifestado”.

En ese orden, destacó la calidad y cantidad de prueba presentada por la fiscalía, escenario que las defensas no pudieron revertir. También ponderó de manera negativa la condición de los acusados, ya que se trata de personas instruidas, con amplia capacidad de sustento y, en el caso del policía Vilte, que fue capacitado por el Estado para combatir el delito cometido.

Por su parte, el juez Batule consideró que “esta versión dada por los hermanos Vilte se trató de una farsa montada ante el Tribunal para tratar de eludir su responsabilidad”.

“Este fue un transporte de estupefacientes organizado y coordinado con distribución de roles”, afirmó e incluso sostuvo que lo analizado de la prueba producida “se puede inferir que no habría sido la primera vez que despachan valijas con droga. La maniobra fue astuta, pensada. No debió ser la primera vez”.

En su voto, la jueza Cataldi se refirió al grave daño a la salud representado en esta maniobra, pues cabe señalar que la droga incautada tenía la capacidad de producir 255.615 dosis. “El narcotráfico está degradando y rompiendo las redes y los tejidos sociales de nuestra sociedad y por eso es importante, mantener a rayas, en la medida que se pueda, estos actos que significan un disvalor en las conductas de las personas”, expresó.

Por otra parte, y en respuesta al argumento esgrimido por la defensa de Busto en relación a tener una visión con una perspectiva de género por la condición de mujer de su representada, la jueza repasó todas las normas y reglas en la materia, tanto de orden nacional como internacional, pero lo descartó en este caso.

“Como estrategia defensiva, la perspectiva de género solicitada puede ser una defensa eficaz. Ahora bien, esa violencia debe ser probada, aunque sea mínimamente. Pretender la absolución por la mera invocación, es discriminar la capacidad de las mujeres en adoptar decisiones propias y personales, que pueden no tener finales felices. Será hora de asumir que las acciones tienen consecuencias y que éstas, no siempre son buenas”, concluyó.

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