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Jueces consideraron que una joven mató a su pareja en legítima defensa y la absolvieron

Cintia Gimena Burgos (21) fue absuelta de forma lisa y llana del delito de homicidio calificado por el que llegó a juicio.

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Los jueces de la Sala I del Tribunal de Juicio, Javier AranibarMartín Fernando Pérez y Leonardo Gabriel Feansabsolvieron de forma lisa y llana a Cintia Gimena Burgos (21) por entender que mató a su pareja, Exequiel Roberto Guanca, en legítima defensa. La joven llegó a esta instancia acusada por el delito de homicidio calificado. 

Los magistrados coincidieron con la postura deldefensor de la acusada, el abogado Rodrigo Palazzo, quien había pedido la absolución lisa y llana alegado que el asesianto de Guanca, de 19 años, fue un acto de legítima defensa en un contexto de violencia de género. 

Asimismo, en su veredicto los jueces ordenaron el cese de las medidas cautelares que venía cumpliendo Burgos e informaron que darán a conocer los fundamentos en 7 días hábiles.

La fiscala María Eugenia Guzmán y la querella de la familia de Guanca, representada por los abogados Fernando Bazán Güemes y Justo Samuel Martearena, habían solicitado que la joven fuera condenada a prisión perpetua. 

Además el Tribunal rechazó «en todos sus términos» la demanda civil de indemnización. Igual que el día de los alegatos, ayer familiares de Guanca se manifestaron fuera de la Ciudad Judicial. Después de conocer la sentencia se manifestaron disconformes y dijeron a Salta/12 que presentarían un recurso de casación.

El hecho por el cual Burgos llegó a juicio ocurrió a la madrugada del 22 de marzo de 2022, en Rosario de Lerma. Ese día la joven arribó al Hospital Joaquín Corvalán en un remís junto a Guanca, que ingresó ya sin signos vitales, con una herida de cuchillo en la zona del tórax. 

«Creo que ha sido un fallo ejemplar, ni la fiscalía ni la querella han logrado demostrar ni siquiera con una semiplena prueba, la conducta o el reproche penal», sostuvo el abogado defensor. «Considero que se ha hecho justicia en este caso, creo que los jueces han valorado los elementos de prueba que se han traído a debate y se ha demostrado lo justo, que no es ni más ni menos que la aplicación del artículo 34 inciso 6 del Código Penal, por existir una agresión ilegítima, un medio proporcional para repeler esa agresión y por la falta de vocación de Cintia Gimena Burgos al momento de ejercer su defensa», dijo Palazzo a Salta/12.

El abogado sostuvo que la joven llegó al juicio con «una calificación exhorbitante», y sostuvo que se logró invertir «el rol de victimaria a víctima, como tuvo que ser considerada desde un primer momento». Aseveró que su defendida ha sido «víctima de un flagelo que hoy sufren muchas mujeres, no solamente en esta provincia sino a nivel mundial, víctimas de agresiones sistemáticas que muchas veces los hombres desarrollan en contra de un bien jurídico protegido que es el más preciado que tiene todo ser humano, que es la vida».

Añadió que se ha demostrado que Burgos «venía sufriendo sistemáticamente violencia de género durante mucho tiempo», que además de soportar agresiones físicas, también era víctima de violencia psicológica. 

«Sin duda creo que la perspectiva de género en este caso ha estado presente porque hemos traído a debate a una mujer (que actuó) atemorizada por la pérdida de su bien jurídico protegido, por las amenazas constantes a su hijo de 5 años, por un Estado ausente y no le han quedado opciones, era ella o él. Por lo tanto, creo que se ha hecho justicia en este caso por una víctima más de violencia de género que ha podido contar su historia en defensa propia», aseveró el letrado.

Palazzo junto a Burgos. 

Palazzo opinó además que se tendrían que haber valorado de manera integral todos los elementos de prueba durante la investigación penal preparatoria, «eso es una cuestión procesal, pero el debate ha servido para dilucidar y se ha demostrado la verdad real de los hechos». 

«No me caben dudas de que las mujeres que se encuentran ante este tipo de situación están desprotegidas, con un Estado ausente que no escucha muchas veces sus reclamos y tenemos victimarios que vienen como supuestas víctimas y las verdaderas víctimas son las mujeres que están inmersas en una espiral de violencia de la cual no pueden salir por temor. El Estado podría haber actuado, puede actuar en la prevención», sostuvo.

Asimismo, recordó que la Convención de Belém Do Pará, de 1994, a la que adhirió el Estado argentino, «establece los parámetros claros que el Estado debe tener a la hora prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género contra las mujeres». 

Burgos es madre de un niño que ahora tiene 5 años y que nació de una relación anterior a la que mantuvo con Guanca. El padre del nene falleció en un accidente. Desde que la joven fue imputada en esta causa penal lxs abuelxs paternxs reclamaron la tutela. A partir de entonces, aunque la joven mantuvo la libertad tiene un régimen de cuidados compartidos de su hijo con lxs abuelxs paternxs. Palazzo explicó que durante este tiempo el nene podía permanecer con la madre en el día mientras que en la noche debía dormir en casa de lxs abuelxs paternxs. Ahora dijo que pedirá «la inmediata restitución». 

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