El empresario Marcos Jacobo Levin, con dos sentencias en su contra por su participación en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico militar, falleció esta mañana en la ciudad de Buenos Aires, a la edad de 90 años.
Ex dueño de la empresa de transportes La Veloz del Norte, Levin estaba en prisión domiliaria cumpliendo una condena a 18 años de prisión impuesta en noviembre de 2023 por el Tribunal Oral 1 de Salta, que lo declaró responsable de los secuestros y torturas a 17 trabajadores de esta empresa durante la última dictadura.
Esta fue la segunda condena. Antes, en 2016 se había convertido en el primer empresario del país en ser condenado por delitos de lesa humanidad, en este caso, por la privación ilegal de la libertad y las torturas al ex delegado gremial de La Veloz del Norte, Víctor Manuel Cobos, quien se desempeñaba como chofer.
Levin estaba internado en el Hospital Italiano de Buenos Aires desde noviembre último, cuando tuvo que ser trasladado de urgencia a un centro asistencial debido a que padecía de intensos dolores. Para ese traslado hubo que romper la pulsera electrónica con la que era monitoreado.
El empresario se convirtió, sin proponérselo, en un símbolo del aprovechamiento del aparato represivo estatal que hicieron muchos empresarios hicieron en los años 70 y 80 para obtener beneficios para sus empresas.
En el caso de La Veloz del Norte, Levin aprovechó el terrorismo estatal para acallar los reclamos obreros por mejoras salariales. En enero de 1977 denunció a un grupo de ellos, incluido el delegado gremial de la UTA, por un presunto fraude contra su empresa, delito que nunca fue probado.
Esa denuncia desató una serie de operativos policiales en Salta y en Tucumán, en los que fueron detenidos ilegalmente un total de 23 trabajadores. Todos fueron llevados a la Comisaría Cuarta de la ciudad de Salta, donde por aquellos años funcionaba un centro clandestino de detención y torturas. En ese lugar fueron efectivamente torturados la mayoría de ellos y obligados a firmar «confesiones». Después algunos de ellos fueron despedidos de la firma.
Recién en democracia los trabajadores lograron que esos hechos fueran investigados por la Justicia Federal, que los declaró delitos de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles. En ese marco, Levin fue condenado por primera vez en 2016, a 12 años de prisión por el secuestro y las torturas a Víctor Manuel Cobos. En ese juicio además fueron condenados, por el mismo hecho y a la misma pena, ex comisario Víctor Hugo Almirón y el también policía Víctor Hugo Bocos, mientras que el policía Enrique Víctor Cardozo recibió una pena de 8 años.
En el segundo juicio, en 2023, Levin fue condenado a 18 años de prisión, mientras que Almirón recibió una pena de 16 años, igual que José Antonio Grueso, que era directivo de la firma.
En noviembre de 2023, un día antes de la segunda condena, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la primera condena a Levin. En su fallo este tribunal destacó que la singularidad de esta causa radicó en que «estos acontecimientos fueron por iniciativa –y bajo dirección- del entonces dueño de la firma ‘La Veloz del Norte’, el incuso Marcos Levin».
En esa resolución se recordó también que la Federación Empresaria de Transportes de Salta (FESTAP), que nucleaba a dueños de empresas de transporte en Salta y cuyo presidente era Levin, había solicitado al jefe de la Policía de la provincia, el militar represor Miguel Raúl Gentil, que aplicara contra la UTA la ley 20840, de represión de huelgas ilegales y actos de sabotaje. Casación afirmó que «Levin fue quien orquestó la detención de Cobos y también de los demás trabajadores».
Ya en la sentencia de primera instancia de 2016 los jueces Federico Díaz y Carlos Enrique Jiménez Montilla, habían afirmado: «es innegable la adhesión de Levin al plan criminal instaurado por el gobierno militar tanto en sus métodos como en su finalidad, manifestándose tal adhesión en la persecución a los gremialistas como objeto de represión tal como estaba dispuesto en los documentos del Ejército, seleccionando a quien detener (…), y de entre los detenidos, a quien torturar, y hasta en qué momento llevarlos presos, continuando la persecución de tal modo, que una vez recuperada la libertad por la víctima, procuró evitar que consiguiera trabajo. Su participación en la dirección de los procedimientos ilegales, con pleno conocimiento de los hechos, resulta palmaria con su recurrente presencia en la comisaría”.