La Cámara Federal brindó pormenores sobre el protagonismo que tuvo cada uno de las siete personas privadas de su libertad por el caso Loan y echó por tierra la principal hipótesis que analizaba la jueza Cristina Pozzer Penzo.
La Justicia llegó a la conclusión de cuál fue el papel que tuvieron los detenidos al dejar firmes los procesamientos y modificar la carátula de la detención del comisario Walter Maciel, quien dejó de ser un encubridor para pasar a convertirse en partícipe necesario del suceso.
Cuáles son los detalles del escrito de la Justicia por la desaparición de Loan
El escrito resalta la “eventuales contradicciones” de la jueza, pero “no forma parte del tipo penal atribuido, esto es, la sustracción de un menor de diez años. No obstante, la hipótesis que la magistrada tiene por mayormente acreditada supone un acontecimiento con el que este Tribunal no coincide y merece cierta aclaración”.
“El análisis del hecho y las pruebas obrantes en la causa no permiten arribar a la conclusión afirmada por la magistrada al señalar como aspecto crucial ‘la posibilidad de que el niño haya sido víctima de un hecho accidental con posteriores implicancias en la sustracción, ocultamiento y traslado -en condiciones o fines a determinarse- fuera del lugar del extravío”, afirma la Cámara Federal.
Cuál fue el papel de cada uno de los implicados
Los camaristas aportaron precisiones: “En primer lugar, porque dicha afirmación implicaría, que al menos en una etapa inicial, los imputados Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava habrían intervenido en un hecho delictivo culposo, el cual -por su propia naturaleza- no admite coautoría“.
Y continuaron: “Aún más, si se siguiera e1sa hipótesis, quedaría necesariamente descartada la imputación respecto del comisario Walter Adrián Maciel, ya que no sería posible sostener que haya efectuado un aporte previo en un hecho que desconocía que iba a ocurrir (accidente y posterior sustracción del menor)“.
“Dicho consentimiento no hubiera tenido efectos de excluir el tipo, en tanto, el sujeto no sabía lo que sucedería a posteriori con el menor. En efecto, a la fecha se desconoce el paradero del menor L.D.P luego de tal suceso”, explicaron.
Además, la Justicia hizo hincapié en que “más allá de que la decisión de sustraer a un menor estuvo dada desde antes entre los intervinientes en el hecho, la decisión de que ese menor fuese Loan, debió darse durante el desarrollo del almuerzo en cuestión. Ello así, dado que, como antes se explicó, su arribo a la casa de Catalina Peña en compañía de su padre, fue sorpresivo. Ese cambio repentino de sujeto pasivo (un menor por otro), en nada interfiere en la configuración del tipo en estudio, dado que la identidad de la víctima no es uno de sus elementos constitutivos”.

“Maciel colaboró con el resto de los imputados antes de que se iniciara la ejecución del delito de sustracción de un menor de diez años. Participó en el delito de sustracción de un menor de diez años en calidad de cómplice primario y no es jurídicamente viable afirmar su encubrimiento del mismo hecho”, explicó la Cámara Federal.
Los jueces además sostuvieron que “existió una comunidad de actuación entre los imputados en la comisión del delito de sustracción de un menor de diez años, lo que justifica su consideración como coautores, y, en el caso de Maciel, su responsabilidad en carácter de cómplice primario, atendiendo a la calidad y el momento de su aporte”.
“Planificaron con antelación sustraer a un menor de diez años, durante un almuerzo previsto para el 13 de junio de 2024, en el domicilio de Catalina Peña, al que habían sido previamente invitados, a excepción de Maciel. El acuerdo previo consistía en sustraer ‘a un menor’, y no específicamente a Loan, ya que, como se dijo, su presencia en el almuerzo fue espontánea y sorpresiva para el resto de los asistentes. En el marco de ese plan, cada imputado tenía asignado un rol específico”, consignaron los camaristas.
El escrito ahonda en el comisario, ausente en el almuerzo, porque “aprovechando su calidad de funcionario policial, debía garantizar un perímetro temporal que permitiera a Pérez, Caillava, Laudelina, Benítez, Ramírez y Millapi ejecutar la sustracción sin interferencia de las fuerzas de seguridad. Benítez y Ramírez debían proponer espontáneamente dirigirse al naranjal junto con los menores. Una vez allí, procederían a capturar a uno de ellos y entregarlo, en un camino lindero, a Pérez y Caillava, quienes serían los encargados de retirarlo del lugar. Por su parte, Millapi, con la colaboración de Laudelina Peña, debía acompañar a los niños hasta el naranjal, donde ya se encontrarían Benítez y Ramírez. Laudelina, a su vez, tenía la misión de iniciar el trayecto junto a Mónica Millapi y los menores, pero luego regresar a la casa de su madre, Catalina Peña, donde recibiría la noticia de la presunta ‘desaparición’ y actuaría como nexo entre los captores y quienes debían retirar al niño: Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava”.
“Recibido el aviso por parte de Benítez, Laudelina debía comunicar la situación a Pérez y Caillava, quienes abandonarían la reunión familiar con la excusa de regresar a su domicilio para ver el partido River vs. Deportivo Riestra, trasladándose en su camioneta Ford Ranger hasta el punto de encuentro preestablecido con Benítez y Ramírez -en las inmediaciones de la escuela abandonada conocida como “la tapera”- para concretar la entrega del menor”, mencionan los magistrados.

La Cámara Federal informó que “ese 13 de junio, cada uno de los imputados ejecutó la parte del plan que le había sido asignada. En horas de la mañana, Maciel -sabiendo que iniciaría su franco al mediodía- retuvo el libro reglamentario de la Comisaría de 9 de Julio, a fin de evitar que se dejara constancia del horario exacto en que se produjo la desaparición y, con ello, obstaculizar la reacción inmediata de las fuerzas policiales. En horas del mediodía, concluido el almuerzo en casa de Catalina Peña, Bernardino Antonio Benítez se dirigió primero al naranjal, seguido por Daniel Oscar Ramírez. Minutos más tarde, partieron los menores, incluido Loan, bajo la exclusiva tutela de Mónica Millapi, ya que Laudelina Peña, tal como estaba previsto, interrumpió el trayecto para regresar a la casa de Catalina Peña”.
“Simultáneamente, Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava permanecieron en la sobremesa con Catalina Peña y José Peña, distrayéndolo mediante la conversación y el consumo de bebidas alcohólicas, aprovechando su estado de vulnerabilidad para facilitar el alejamiento de su hijo menor. En el naranjal, Loan, fue apartado del resto de los niños, y una vez asegurado su alejamiento del lugar, Bernardino Antonio Benítez dio aviso a Laudelina Peña, dirigiéndose al punto de encuentro con Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava. Durante ese lapso, Mónica Millapi permaneció junto a los demás menores, cumpliendo así otra función dentro del plan”, escribió la Justicia.
Los camaristas concluyeron al explicar que Laudelina retornó para dar el aviso y que Pérez y Caillava “se dirigieron al lugar convenido, donde Benítez les entregó al niño para ser retirado del predio y apartado de la custodia de su padre. El objetivo inicial era otro menor, pese a que, a la fecha, la investigación no ha podido determinar qué niño o niña estaba previsto como víctima en el plan, ni con qué finalidad”.-mitre-

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