La ANSES, organismo dirigido por Fernanda Raverta, estableció una ayuda social que consta de un beneficio económico para los familiares de jubilados fallecidos, con el objetivo de brindar respaldo financiero en momentos difíciles. A través de esta Pensión por Fallecimiento, ciertos familiares pueden acceder a este beneficio, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la institución.
Por otro lado, enterate cuándo se realizarán los pagos a jubilados, pensionados, AUH y otras prestaciones por parte de la ANSES.
ANSES: quiénes pueden tramitar la Pensión por Fallecimiento
Existen tres categorías de personas habilitadas para el trámite al momento en que un jubilado fallece, las familias pueden optar por la posibilidad de pedir una Pensión por Fallecimiento.
- Cónyuge: Para acceder a este beneficio, el cónyuge debe presentar una Partida de Matrimonio actualizada, donde la actualización debe ser posterior a la fecha de fallecimiento del jubilado.
- Conviviente: Los convivientes pueden solicitar la Pensión por Fallecimiento si pueden acreditar al menos 5 años de convivencia previos al fallecimiento. En caso de tener una hija o hijo reconocido por ambos, este período se reduce a 2 años.
- Hijos: Los hijos menores de 18 años, solteros y que no reciban ninguna otra prestación pueden solicitar la pensión. Además, si el hijo está incapacitado para trabajar y estaba a cargo del jubilado fallecido, no existe límite de edad para acceder a este beneficio.
Pensión por Fallecimiento: requisitos
- El trámite debe iniciarse dentro de los 10 días hábiles posteriores al fallecimiento del jubilado.
- El fallecimiento del jubilado debe haber ocurrido en los últimos 4 meses para ser elegible para esta pensión.
- Es importante destacar que la jubilación del fallecido debe pertenecer al régimen general y no a uno especial, como los de Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores Científicos. Tampoco son elegibles para esta pensión los familiares de jubilados que adquirieron su jubilación a través de la regularización de aportes por moratoria.
Documentación necesaria para solicitar la Pensión por Fallecimiento de ANSES
- Partida de Defunción del jubilado fallecido.
- Formulario PS 6.76 – Información Bancaria (solo si la información no está registrada en el organismo previsional).
Para cónyuges o convivientes:
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- En el caso de jubilados por moratoria (Ley 24.476) con cuotas pendientes de pago, se debe presentar el Formulario PS 6.279 – Aceptación de Descuento de Cuota de Moratoria de la Prestación de Pensión.
- Formulario PS 6.284 – Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
Hijos incapacitados para trabajar, se requiere:
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Formulario PS 6.12 – Declaración Jurada de Dependencia Económica Titular.
- Formulario PS 6.13 – Declaración Jurada de Dependencia Económica Testimonial.
Si un hijo es huérfano de madre y padre, se debe presentar el testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.
Paso a paso, cómo realizar el trámite de Pensión por Fallecimiento
- Acceda al portal «mi ANSES» con su CUIL y Clave de la Seguridad Social para verificar que su información personal y los vínculos familiares estén registrados y actualizados.
- Programe un turno para realizar el trámite de manera presencial en una de las oficinas de ANSES.
Comments
0 comments