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AFIP sancionará a todos los monotributistas que no realicen este trámite en octubre

Todos los contribuyentes deberán llevar a cabo un procedimiento obligatorio ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder recibir cualquier tipo de notificación oficial de la entidad fiscal, como las relacionadas con la deducción de ganancias y la facturacion de monotributistas. 

El servicio es exclusivo para cada contribuyente y es esencial para asegurar una comunicación adecuada entre el individuo y la entidad tributaria. Se implementó con el objetivo de prevenir problemas como sanciones por falta de conocimiento y facilitar el cumplimiento de las responsabilidades fiscales.

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Ahora, el organismo estatal, decidió que para el mes de octubre van a implementar sanciones para los contribuyentes que no cumplan con el trámite

Qué es el Domicilio Fiscal Electrónico

El Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) de la AFIP es un espacio virtual en el que los contribuyentes reciben todas las notificaciones, comunicaciones y resoluciones oficiales relacionadas con sus obligaciones tributarias y fiscales. El domicilio fiscal electrónico funciona como una “buzón de notificaciones” en el que la AFIP envía avisos, resoluciones y otras informaciones relevantes que el contribuyente debe revisar de manera obligatoria.

Este sistema se implementó para agilizar las notificaciones y hacer más eficiente el proceso de comunicación entre la AFIP y los contribuyentes. El DFE es de uso obligatorio para personas jurídicas, monotributistas, autónomos y demás contribuyentes que tengan relación con la AFIP.

Generalmente, las notificaciones se consideran legalmente recibidas 5 días después de haber sido publicadas en el DFE, aunque es recomendable revisar con regularidad para evitar sanciones por no cumplimiento.

Qué castigo tendrán los contribuyentes que no tengan el Domicilio Fiscal Electrónico

La AFIP advirtió que no cumplir con las obligaciones relacionadas con el Domicilio Fiscal Electrónico podrá acarrear la imposición de sanciones conforme a lo establecido en la Ley 11.683, y se tomará en cuenta para la clasificación en el «SIPER», así como también en el proceso de obtención de la constancia de inscripción.

De todos modos, tramitarlo es bastante fácil:

  • Ingresar con clave fiscal en la página web de AFIP
  • Seleccionar el botón «Datos de contacto» y registrar los datos
  • Elegir el correo electrónico y el teléfono para adherir
  • Una vez completados los datos hay que realizar la verificación
  • Para finalizar se debe confirmar el procedimiento

AFIP: estos monotributistas deberán pagar más de $ 500.000 antes de fines de octubre 2024

A partir de octubre de 2024, los monotributistas que se encuentren en ciertas categorías del régimen fiscal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberán cumplir con pagos que superan los $ 500.000. Esta situación es crucial para aquellos contribuyentes que buscan evitar sanciones y mantener su situación fiscal en regla. El aumento en las cuotas, que se aplicó desde agosto, ha generado un impacto significativo en los montos a abonar por cada categoría.

Con la reciente actualización de la ley N° 27.743, los límites de ingresos permitidos para los monotributistas se ajustaron, lo que también modificó las cuotas mensuales que deben pagar. Es esencial que los contribuyentes verifiquen sus categorías y montos correspondientes para evitar contratiempos en sus obligaciones fiscales.

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