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Imputan al exdiputado nacional por Salta Emiliano Estrada por abuso de autoridad y peculado de servicios

A partir de una causa derivada de la justicia provincial, el exlegislador quedó imputado por haber usado fondos del Estado Nacional para financiar la creación una serie de videos anónimos donde se relacionaba al gobierno de Salta con actividades vinculadas al narcotráfico. Si bien el caso estaba en el fuero federal desde el 17 de marzo pasado, no había avanzado debido a una serie de planteos defensivos y a que otros dos juzgados también habían reclamado su competencia.

ras una serie de incidentes que no permitían avanzar en el caso, la jueza federal de Garantías N°2 de Salta, Mariela Giménez hizo lugar hoy a la imputación penal requerida por el fiscal general Carlos Martín Amad contra el exdiputado nacional por Salta, Emiliano Estrada, al considerar que ordenó la creación de una serie de videos con “contenidos dudosos” donde se relacionaba al gobierno provincial con actividades vinculadas al narcotráfico.

La formalización de la investigación penal fue solicitada por el MPF por los delitos de abuso de autoridad y peculado de servicios, al sostener que dicho material había sido encargado por el exlegislador a dos asesores que cumplían tareas en el Congreso de la Nación, por lo que habían sido utilizados fondos del Estado Nacional. El 6 de junio pasado, el fiscal Amad había solicitado el desafuero del por entonces diputado nacional, que cumplió su mandato el 10 de diciembre pasado.

Formalización

Con la participación del exlegislador por vía remota, el fiscal reiteró los hechos, los cuales surgen de la investigación de la Fiscalía de Ciberdelincuencia de la justicia provincial. Allí se estableció que se habían confeccionado y difundido por redes sociales una serie de videos, cuyo contenido consideró pasible del delito de intimidación pública.

El fiscal general repasó en detalle el derrotero del caso y, a modo de argumento, sostuvo que no estaba en discusión la libertad de opinión ni el discurso político de Estrada, sino el hecho de haber abusado de su autoridad al ordenar la creación de videos con “contenidos dudosos”, en los cuales se deslizaba una supuesta relación del gobierno de Salta con actividades vinculadas al narcotráfico.

Además, remarcó que el material habría sido encargado a dos asesores que cumplen tareas en el Congreso de la Nación. Por lo tanto, consideró que la maniobra fue solventada con fondos del Estado Nacional, por lo que el diputado nacional con mandato cumplido habrían incurrido en el delito de peculado.

En cuanto a la inmunidad legislativa que fue esgrimida por la defensa en varios de los incidentes planteados y el argumento de que el caso era “una persecución política”, el fiscal general explicó que el legislador tiene un “paraguas de inmunidad” siempre y cuando se trate de un discurso en el recinto del Congreso o a través de los medios de comunicación. En este caso, Estrada habría instruido “la creación de esos videos desde la clandestinidad” y el anonimato.

Por último, se refirió a la Ley de Ética Pública, repasó los artículos principales y remarcó que, tanto el acusado como cualquier otro funcionario (elegido por el voto popular o designado) están sujetos a dichas normas. Solicitó un plazo de investigación de 50 días hábiles y requirió como medida de coerción, el compromiso del imputado de no entorpecer la investigación penal y presentarse cada vez que sea convocado.

A su turno, y luego de adelantar que Estrada no iba a prestar declaración, la defensa realizó un planteo de nulidad con varios puntos que ya habían sido expuestos a lo largo del trámite del caso. Entre otros aspectos, cuestionó las actuaciones realizadas en la justicia provincial, como así también la supuesta violación de la competencia federal.

Al momento de resolver, la jueza rechazó el planteo de nulidad por entender que derivaba solamente de desacuerdos, sin aportar otros detalles. Adujo, a su vez, que el defensor reniega de la competencia, cuando él mismo la promovió, situación que el fiscal general también remarcó al rebatir el recurso.

Recordó a la defensa que a partir de la formalización del caso, tendrá la oportunidad de proponer y producir sus propias evidencias, como así también tendrá acceso al legajo de la investigación, por lo que podrá conocer en detalle la carga probatoria.

Los planteos y las inhibitorias

El caso tuvo una primera audiencia el 10 de febrero pasado, cuando la causa se radicó en el Juzgado Federal N°2 de Salta a cargo de Mariela Giménez, a partir de una declaración de incompetencia del juez de Garantías Pablo Zerdán, en el marco de una causa que se había iniciado contra Estrada por su presunta participación en el delito de intimidación pública. La imputación surgió de la investigación abierta contra tres personas, dos de ellas asesores del exlegislador nacional.

En función de la inhibitoria de competencia, la jueza convocó a una audiencia de excepción, en la cual el fiscal general, Eduardo Villalba instó la radicación de la causa en el fuero federal respecto al entonces diputado, dado que la justicia provincial había señalado que existían evidencias de la posible comisión del delito de peculado.

Posteriormente, el 17 de marzo, la fiscalía solicitó que la situación de los dos asesores del exdiputado se sume a la investigación penal, mientras que el 6 de junio pasado, la jueza convocó a otra audiencia, ya que tanto el titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 7 de Capital Federal, Sebastián Casanello, como la jueza de Garantías, Claudia Puertas, de la justicia provincial salteña, habían reclamado también la competencia del caso.

En ese momento, la jueza rechazó el pedido de inhibitoria y se quedó al frente del caso. Ante ello, el fiscal general intentó formalizar el caso, pero no lo pudo hacer por ausencia del legislador nacional, quien estaba notificado del carácter de la audiencia.

Tras la manifestación de la defensa respecto a que no recomendó su asistencia, el MPF solicitó su desafuero, lo que derivó en una apelación, que primero transitó sin éxito ante la Cámara Federal de Apelaciones y luego recayó en la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, la que avaló el trámite de desafuero el 25 de noviembre pasado.

Ante esto, la defensa volvió a trabar el avance del caso con un planteo de recusación contra la jueza Giménez, a quien acusó de haber dejado de ser imparcial luego de haber aceptado el pedido de desafuero de su cliente, entre otros argumentos.

El recurso, sin embargo, fue rechazado el 11 de diciembre por el juez de Revisión, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas por considerar primero que la presentación se hizo de manera extemporánea y segundo, aclaro que la decisión de la magistrada no fue sobre el fondo del caso, sino respecto al alcance de la Ley de Fueros (N°25.320).

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